Artículo 92

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

última versión

Todos los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Presidente deberán estar firmados por el Secretario de Estado a que el asunto corresponda, y sin este requisito no serán obedecidos.

Artículo reformado DOF 21-04-1981, 02-08-2007