Artículo 92
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
última versión
Todos los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Presidente deberán estar firmados por el Secretario de Estado a que el asunto corresponda, y sin este requisito no serán obedecidos.
Artículo reformado DOF 21-04-1981, 02-08-2007