Artículo 78

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

última versión

Durante los recesos del Congreso de la Unión habrá una Comisión Permanente compuesta de 37 miembros de los que 19 serán Diputados y 18 Senadores, nombrados por sus respectivas Cámaras la víspera de la clausura de los períodos ordinarios de sesiones. Para cada titular las Cámaras nombrarán, de entre sus miembros en ejercicio, un sustituto.

La Comisión Permanente, además de las atribuciones que expresamente le confiere esta Constitución, tendrá las siguientes:

I. Derogada.

Fracción derogada DOF 26-03-2019

II. Recibir, en su caso, la protesta del Presidente de la República;

III. Resolver los asuntos de su competencia; recibir durante el receso del Congreso de la Unión las iniciativas de ley, las observaciones a los proyectos de ley o decreto que envíe el Ejecutivo y proposiciones dirigidas a las Cámaras y turnarlas para dictamen a las comisiones de la Cámara a la que vayan dirigidas, a fin de que se despachen en el inmediato periodo de sesiones;

Fracción reformada DOF 17-08-2011

IV. Acordar por sí o a propuesta del Ejecutivo, la convocatoria del Congreso o de una sola Cámara a sesiones extraordinarias, siendo necesario en ambos casos el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes. La convocatoria señalará el objeto u objetos de las sesiones extraordinarias. Cuando la convocatoria sea al Congreso General para que se erija en Colegio Electoral y designe presidente interino o substituto, la aprobación de la convocatoria se hará por mayoría;

Fracción reformada DOF 09-08-2012

V. Se deroga.

Fracción derogada DOF 10-02-2014

VI. Conceder licencia hasta por sesenta días naturales al Presidente de la República;

Fracción reformada DOF 09-08-2012

VII. Ratificar los nombramientos que el Presidente haga de embajadores, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda, coroneles y demás jefes superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, en los términos que la ley disponga, y

Fracción reformada DOF 09-08-2012, 11-06-2013, 30-09-2024, 20-12-2024

VIII. Conocer y resolver sobre las solicitudes de licencia que le sean presentadas por los legisladores.

Párrafo con fracciones adicionado DOF 30-07-1999

Artículo reformado DOF 29-12-1980, 10-08-1987

Sección V

De la Fiscalización Superior de la Federación

Sección adicionada DOF 30-07-1999