Artículo 58

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

última versión

Para ser senador se requieren los mismos requisitos que para ser diputado, excepto el de la edad, que será la de 25 años cumplidos el día de la elección.

Artículo reformado DOF 29-04-1933, 14-02-1972, 29-07-1999