Artículo 58
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
última versión
Para ser senador se requieren los mismos requisitos que para ser diputado, excepto el de la edad, que será la de 25 años cumplidos el día de la elección.
Artículo reformado DOF 29-04-1933, 14-02-1972, 29-07-1999